domingo, 15 de febrero de 2015

ESTATUTOS

ESTATUTOS DE LA COOPERATIVA
“VIVIMOS AQUÍ S.A.”
Artículo 1. Nombre.
La empresa funcionará bajo el nombre de VIVIMOS AQUÍ
Artículo 2. Objeto social.
Nuestra empresa tiene la siguiente actividad: El objetivo será el aprendizaje de formación de
una empresa y publicar una revista con el mismo nombre en el que se divulgarán temas
culturales relativos a la zona del Poniente.
Artículo 3. Duración.
La sociedad se constituye por un tiempo de un curso escolar, comenzando éste el 8 de Enero
de 2015 y teniendo como fin la actividad de dicha cooperativa 22 de Mayo del 2015
Artículo 4. Domicilio.
C/ Hoyo de Narváez s/n. LOJA. GRANADA
Artículo 5. El capital.
El capital de inversión se fija en _____Se divide en 18 participaciones de ____ por socio/a.
Artículo 6. Las cuentas.
Los informes de cuentas se presentarán a los socios/as cada 30 días. Las cuentas de la
cooperativa serán llevadas por el tesorero/a.
Artículo 7. Secretario/a.
El secretario/a tomará nota de todas las reuniones y acuerdos que se tomen y redactará acta.
El acta de cada reunión y acuerdo será firmado por el presidente/a y secretario/a.
Artículo 7. Recuperación de la inversión.
Una vez finalizada la venta, todos los socios/as podrán recuperar el capital que habían
invertido, si existe o la parte proporcional correspondiente.
Artículo 8. Utilización de los beneficios.
Si existieran beneficios se emplearán:
- El 10 % de los beneficios serán destinados a una ONG (Cruz Roja Loja)
- El resto se destinará a la financiación de una actividad lúdico-recreativa a concretar en
su momento, por la asamblea.
Artículo 9. Deberes de los socios.
1. Todos los socios deberán colaborar en la realización de la revista
2. Justificar nuestras faltas de aportación de trabajo.
3. Respetar las opiniones de los socios.
4. Cuidar el material que obtengamos y utilizar material reciclable en la medida de lo posible.
5. Todo lo que vayamos a fabricar se decidirá por votación.
6. Cuidaremos las instalaciones y el material que el Centro nos proporcione.
Incumplimientos de los deberes de los socios.
En el caso de que los socios no cumplan los deberes dichos se les pondrá un punto negativo,
y a la de tres, perderán el derecho a:
1. Pertenecer a la empresa.
2. Recibir la devolución de su aportación.
3. Recibir beneficios.
4. Decidiremos por votación si a alguien se le expulsa de la empresa.
Artículo 10. Derechos de los socios.
1. Todos los socios/as tienen derecho a ser escuchados en la toma de decisiones y a votar en
las mismas.
2. Todos los socios/as tienen derecho a recibir beneficios que se señalen en el artículo 8.
Artículo 11. Abandono cooperativa.
Si un socio/a decide abandonar la empresa de forma voluntaria sin causa justificada perderá
la inversión realizada.
Artículo 12. Precio del producto.
Entre todos los socios/as calcularán y acordarán en asamblea el precio de venta de nuestros
productos.
Artículo 13. Si durante el desarrollo de la Cooperativa, algún socio o socia quiere quitar,
cambiar o añadir algún artículo de estos estatutos, deberá proponerlo al presidente, siendo
tratado y aprobado por unanimidad en asamblea, si así se considera.
Artículo 14. Disolución de la cooperativa
El fin de la cooperativa tendrá lugar a la altura del 22 de mayo de 2015, día (aproximado) en
que los miembros de esta visitaran la feria del Emprendimiento de Granada para realizar una

venta final de los productos de su zona dando fin a su contrato con la cooperativa.

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